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Vendo aluminio con mi propia marca — ¿qué obligaciones adquiero?

Quien marca el aluminio con su marca registrada asume las obligaciones del fabricante

Quien vende semiproductos de aluminio bajo su propia marca normalmente incurre en las obligaciones que establece la ESPR para los fabricantes, incluso si la producción se realiza por un proveedor. El artículo 27 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) atribuye al fabricante la responsabilidad de la conformidad, la documentación técnica y la puesta a disposición del pasaporte digital del producto. En este sentido, la marca bajo la cual se comercializa un producto es el elemento decisivo: no es quien ha laminado o moldeado el aluminio quien asume la responsabilidad, sino quien lo ofrece bajo su propio nombre. Para las empresas que compran perfiles de aluminio, piezas fundidas o materiales de embalaje y los revenden bajo su propia etiqueta, esto significa que la marca propia no es optativa: asumen el papel que la normativa asigna al fabricante, con las obligaciones conexas respecto al pasaporte de producto.

Para quién se aplica esto, y para quién no

Este tema afecta a empresas que adquieren productos de aluminio de un tercero y los comercializan bajo su propia marca, identidad corporativa o línea de productos — por ejemplo, una empresa de embalaje que encarga la producción de láminas o bandejas de aluminio y las vende bajo su propia marca, o una comercializadora que distribuye perfiles bajo una marca propia. No se aplica a una parte que revende sin modificaciones productos de otro fabricante bajo la nombre y marca de este — esa parte normalmente actúa como distribuidor o importador, con obligaciones diferentes a las del fabricante. Tampoco incurren en estas obligaciones quienes solo proporcionan logística, almacenamiento o financiación sin ofrecer el producto bajo su propio nombre. El elemento decisivo no es, pues, la actividad de producción física, sino la cuestión de bajo qué nombre y marca se comercializa finalmente el producto de aluminio.

Fecha aún por determinar; lo que ya está confirmado

Cuándo entra efectivamente en vigor la obligación de un pasaporte digital de producto para el aluminio aún no está determinado. Ese momento dependerá de un acto delegado que la Comisión Europea aún debe adoptar para este grupo de productos; en el plan de trabajo de la ESPR para 2025-2030 se prevé su aprobación en 2027, tras lo cual normalmente hay un período de transición antes de que la obligación sea efectivamente aplicable. Hasta que se publique y entre en vigor ese acto delegado, no hay obligaciones concretas sobre el pasaporte de producto para los semiproductos de aluminio. Sin embargo, el artículo 27 de la ESPR ya establece qué parte asume las obligaciones una vez que se designa un grupo de productos: el fabricante, y por tanto también quien comercializa productos bajo su propia marca. Cuando se conozca la fecha para el aluminio, esta página se actualizará.

Cómo se desarrolla esto en la práctica para una marca propia

Para quien vende aluminio bajo marca propia, el primer paso es verificar si su rol en la cadena se corresponde con el de fabricante según la ESPR, o más bien con el de distribuidor o importador —esto determina quién deberá hacer que se elabore el pasaporte. Si el rol es el de fabricante, el segundo paso es mapear qué datos sobre el aluminio (origen, aleación, procesamiento, contenido reciclado) deben provenir del propio proveedor, ya que estos datos son necesarios para cumplimentar el pasaporte, incluso si el titular de la marca no fabrica. El tercer paso es establecer acuerdos con ese proveedor sobre el intercambio de esos datos, preferiblemente mucho antes de que entre en vigor la obligación, de modo que no haya prisa una vez que el acto delegado esté disponible. Un cuarto punto es conservar la documentación técnica: el artículo 27 impone ese deber al fabricante, y quien vende bajo marca propia no puede conformarse con una referencia al productor original. Por último, es recomendable estructurar la propia marca y los contratos de compra de modo que quede claro quién suministra qué información y quién es responsable de mantener actualizado el pasaporte durante el período en que debe estar disponible.

Dónde consta esto: artículo 27 de la ESPR

Estas obligaciones se derivan del artículo 27 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781), que fija las obligaciones de los fabricantes, incluido garantizar la conformidad del producto y poner a disposición el pasaporte digital de productos. El vínculo entre el uso de marca propia y la asunción de las obligaciones del fabricante es un principio recurrente en la legislación sobre productos de la UE, y el artículo 27 se alinea con esto asignando las obligaciones a la parte que comercializa el producto bajo su propio nombre. Las categorías de productos a las que se aplican estas obligaciones en cada momento se determinan mediante acto delegado; para el aluminio, aún no existe ese acto.

Quien ya vende aluminio bajo su propia marca puede empezar desde ahora a mapear qué datos sobre origen y composición del aluminio puede proporcionar el propio proveedor, e incluirlo en los acuerdos de compra —de modo que exista una base cuando entre en vigor la obligación para este grupo de productos.

En qué se basa esto

El Reglamento en sí está disponible en EUR-Lex. Hacemos referencias por cada afirmación; no tiene que creernos.

Lo que debe hacer concretamente

Poner aluminio bajo una marca propia o identidad corporativa en el mercado suele parecer una actividad comercial — afinal, el perfil o la pieza fundida la ha fabricado otro. Según la ESPR, sin embargo, es diferente. El artículo 27 de la ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) regula las obligaciones de los fabricantes, y quien vende un producto bajo su propio nombre o marca se considera fabricante según ese reglamento, aunque la producción real ocurra en otro lugar. Esta es una posición diferente a la de un mero revendedor, y por lo tanto la pregunta ¿soy importador o fabricante según la ESPR es precisamente la pregunta que debe responderse primero antes de hablar sobre obligaciones.

Lo que se espera de usted

Asegurar que el producto cumple con los requisitos

El fabricante — en este caso quien tiene su marca en el producto — es responsable de que el producto de aluminio cumpla con los requisitos de diseño ecológico que se apliquen a ese grupo de productos. Para una empresa de 10 a 100 empleados, esto significa en la práctica que alguien dentro de la organización debe saber qué ocurre en el proceso de producción subyacente, aunque ese proceso tenga lugar en un proveedor. La marca está ahí, la responsabilidad también.

Elaborar y conservar documentación técnica

Debe haber documentación que demuestre que el producto cumple los requisitos. Para un propietario de marca que no produce por sí mismo, esta documentación generalmente proviene del proveedor. La tarea práctica no es elaborar esa documentación por cuenta propia, sino obtenerla de manera organizada, verificarla y conservarla — incluyendo una forma de responder si una autoridad de vigilancia la solicita.

Hacer que se elabore el pasaporte de producto y mantenerlo disponible

El pasaporte de producto digital debe acompañar al producto y permanecer disponible durante diez años. Para un propietario de marca, esto significa una opción: deja que el proveedor elabore el pasaporte con la marca del cliente en él, o el propietario de la marca se encarga del proceso con datos que provienen del proveedor. Quien quiera saber más al respecto encontrará información de fondo en qué contiene exactamente un pasaporte de producto digital para aluminio y en la pregunta más general quién es responsable del pasaporte de producto de aluminio.

Marca, nombre y datos de contacto en el producto o en los documentos adjuntos

Un fabricante se identifica en el producto o el embalaje, o si eso no es posible, en los documentos adjuntos. Para la venta bajo marca propia, esto significa que el nombre, la marca registrada y la dirección de contacto del propietario de la marca deben ser claramente identificables — no solo la del productor subyacente.

Medidas correctoras en caso de incumplimiento

Si resulta que un producto no cumple los requisitos, corresponde al fabricante corregir, retirar o sacar del mercado ese producto. Para un propietario de marca que no produce por sí mismo, esto significa que debe haber acuerdos con el proveedor sobre quién hace qué en caso de que esto ocurra — no es algo que deba organizarse solo cuando el problema ya se ha presentado.

Colaborar con las autoridades de vigilancia

A solicitud de una autoridad de vigilancia, se debe proporcionar información y documentación. Para un propietario de marca, esto significa que el tiempo transcurrido entre la solicitud de datos al proveedor y la entrega a la autoridad de vigilancia es un punto de atención real, especialmente cuando el proveedor está fuera de la UE.

Dónde surgen problemas en la práctica

Una situación muy común es que una empresa asume que el proveedor "ya se encarga del pasaporte" porque después de todo es quien tiene la fábrica — mientras que el artículo 27 coloca la responsabilidad precisamente en el propietario de la marca una vez que se vende bajo su propio nombre. Sin un acuerdo claro surge una brecha en la que nadie realmente elabora el pasaporte.

Una segunda situación: el aluminio es suministrado por un proveedor que también vende bajo su propia marca a otros clientes, y los datos técnicos facilitados son genéricos, mientras que el pasaporte debe ser específico por producto y por marca. Esto ocurre especialmente en suministro de marca blanca a un propietario de marca, donde la misma aleación sale al mercado bajo varios nombres de marca.

Una tercera: se cambia de proveedor sin que la transferencia de datos para el pasaporte se haya incluido en ese proceso. El nuevo proveedor tiene diferentes datos de proceso, y nadie ha documentado qué se necesita exactamente para ello — este es uno de los momentos que se abordan en cambio de proveedor.

Una cuarta situación surge cuando el propietario de la marca produce o ensambla por sí mismo en varios países de la UE, y la cuestión de quién es responsable por establecimiento permanece poco clara — véase al respecto responsabilidad en varios establecimientos dentro de la UE.

Por último, algo falla cuando un propietario de marca ofrece el producto también a través de una tienda web o marketplace, sin darse cuenta de que existen puntos de atención adicionales relacionados con la visualización del pasaporte al consumidor antes de la compra.

Lo que puede registrar ahora

  • Un acuerdo escrito con el proveedor sobre qué parte de la documentación técnica suministra cada uno, en qué formato y en qué momento.
  • Un resumen de los datos que el proveedor suministra por aleación, lote o línea de producto, incluida una verificación de si estos coinciden con lo que se vende bajo la propia marca.
  • Un procedimiento en caso de que un producto no cumpla los requisitos: quién lo notifica, quién lo corrige, quién lo retira del mercado.
  • Un procedimiento documentado para lo que debe suceder en caso de cambio de proveedor, de modo que los datos del pasaporte no queden en el limbo.
  • Datos de contacto y registro de marca que sean coherentes en el producto, el embalaje y la documentación adjunta.
  • Un plan de conservación de documentación y datos del pasaporte que se ajuste al período de disponibilidad previsto de diez años.

Quien dude de si su propia situación se encuentra dentro de estas obligaciones encuentra una primera prueba en la pregunta quién es responsable del pasaporte de producto; quien trabaje con un proveedor fuera de la UE haría bien en comprobar también qué implica eso para la distribución de funciones en relación con el pasaporte.

Esto no es asesoramiento jurídico. Esta página ofrece información general sobre la regulación en la que se basa esta plataforma. No conocemos su situación. En caso de duda sobre su caso concreto, consulte a un abogado o a la autoridad competente de vigilancia.

Escrito con IA sobre la base de las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-08-22. ¿Algo no es correcto? Comuníquenoslo — las correcciones tienen prioridad.